viernes, 22 de abril de 2016

                                                                        ¡¡ PELOTAZO !!

El juzgado de lo Mercantil nº 11 de Madrid ha declarado la nulidad de la cláusula suelo contenidas en las condiciones generales de los contratos de préstamo hipotecario, de nada mas y nada menos que de 40 entidades bancarias suscrito con consumidores por falta de transparencia y ha condenado a las entidades bancarias demandada por la Asociación de Usuarios de Bancos y Cajas de Ahorro y Seguros de España (ADICAE) a eliminar las citadas cláusulas de los contratos en que insertan y a cesar en su utilización de forma no transparente.
Además, la magistrada titular de juzgado de lo Mercantil nº11 de Madrid condena a las entidades bancarias demandada a devolver a los consumidores perjudicados las cantidades indebidamente abonadas en aplicación de las clausulas declaradas nulas a partir de la fecha de publicación de la Sentencia del Tribunal Supremo de 9 de mayo de 2013, con los intereses que legalmente correspondan. Por último declara la subsistencia de los contratos de préstamos hipotecario en vigor suscrito por las entidades bancarias demandadas en los que se hayan incluido la clausula cuya utilización se ordena cesar.
La juez estima que la clausula suelo ahora anuladas carecen de transparencia y son por tanto abusiva, al igual que las ya examinadas por el Tribunal Supremo, al insertarse en el condicionado general de los contratos de préstamos hipotecario ofertado a interés variable sin que se resalte por parte de la entidad bancaria la importancia de la inclusión de la clausula en la vida económica del contrato, lo que frustaba la expectativa del consumidor, que cuando creía estar contratando un préstamo interés variable se encontraba por pasivamente con una clausula que le impedía beneficiarse  de las bajadas del tipo de referencia.
Por otra parte, la juez ha desestimado la pretensión de ADICAE de que las clausulas no respete el equilibrio de las obligaciones y derechos del contrato y modifiquen la naturaleza de los contratos de préstamos y/o crédito hipotecario.
El problema es que la sentencia no es firme y ya varias entidades bancarias han anunciado su intención de inteponer contra la misma recurso de apelación  para ante la Audiencia Provincial de Madrid. Luego como se trata de una acción colectiva y la sentencia aún no es firme, tampoco se le puede exigir a estas 40 entidades bancarias que eliminen y supriman las clausulas suelo de sus prestamos hipotecarios y devuelvan A TODOS LOS AFECTADOS el dinero que le han cobrado indebidamente de más desde el 09/05/2013 (retroactividad parcial).
Tampoco está muy claro lo de la retroactividad parcial puesto que el próximo 26 de abril el Tribunal de Justicia de la (TJUE) decidirá sobre la retroactividad se las clausulas suelo, no sobre la nulidad de la misma.
En cualquier caso, la sentencia del juzgado de lo Mercantil nº11 de Madrid, qué duda cabe es un
¡¡PELOTAZO!!, y un avance en la lucha de los colectivos de consumidores contra las cláusulas abusivas impuestas unilateralrmente por el poderoso lobby bancario en los préstamos hipotecarios.

No hay comentarios:

Publicar un comentario