miércoles, 23 de septiembre de 2015

LA FUNCIÓN DEL PARLAMENTO

Parlamento es una palabra derivada de la francesa "parler", que significa "hablar". Así pues, la función primera de un Parlamento seria la debatir sobre las propuestas de los grupos políticos, cuya aprobación  o rechazo final se supone estará en función del fructífero intercambio de ideas. Sin embargo la Mesa del Parlamento andaluz impide la tramitación y por consiguiente el debate, de dos iniciativa de carácter económico presentada por la oposición (una, sobre eliminación de sucesiones y donaciones; otra, sobre la publicación en Internet de las cuentas de la Junta) al refrendar el PSOE, con la necesaria abstención  de Ciudadanos, un informe en contra del Consejo de Gobierno con la tesis de que condicionarían el Presupuesto de la Junta (no se entiende en absoluto en el segundo caso)
y que tal condicionamiento está prohibido por el Estatuto de Autonomía. Sin embargo, el Estatuto se refería a no alterar un Presupuesto vigente, pero no a que el parlamento marque directrices para futuro presupuesto de la comunidad autónoma, ya  que en tal caso privaría a la Cámara de capacidad legislativa en materias económica y se llegaría así al extremo de debatir sólo sobre aquéllo que autorice el Poder Ejecutivo. Esta interpretación nunca fue invocada en los mas de 30 años de autonomía , en lo que se ha tramitado iniciativa de tipo económico. El factor diferencial ahora es que el PSOE ya no tiene la mayoría parlamentaria. Curiosamente, este bloqueo se produce justo cuando la Junta batalla contra el Gobierno central para romper las reglas del gasto.
Así pues, condicionamientos sólo a la carta.






No hay comentarios:

Publicar un comentario