martes, 21 de junio de 2016

                                                 CARPETAZO AL CASO ARELLANO

EL TSJA HA APLICADO A ARELLANO LA MISMA TESIS DEL SUPREMO A LA RESPONSABILIDAD "IN VIGILANDO".

El TSJA ha archivado provisionamente la causa (la medida es recurrible y se puede reabrir si aparecen nuevas pruebas) abierta contra el consejero de Economía y ex rector de la Universidad de Sevilla, Antonio Ramirez de Arellano, por los presuntos delitos de prevaricación y falsificación en la adjudicación  de un centro universitario, a raíz de una denuncia de la fiscalía basada en un dossier del colegio de arquitectos Sevillanos. El juez exculpa a Orellano con la misma tesis que el supremo usó en el caso de la ex alcaldesa de Jerez Mª José Garcia Pelayo: "Las autoridades y funcionarios de alto rango no pueden conocer minuciosamente todos los detalles de los documentos que les son sometidos a la firma y, generalmente, deben fiarse de los informes técnicos
que los avalan". Estos autos pueden acabar modificando el principio de la responsabilidad "in vigilando". El argumento ya lo a empleado el ex presidente Griñan en el recurso tras su procesamiento por el caso de los ERE. Al margen de esta nueva doctrina jurídica en gestación, hay
otra doctrina, esta política, que los partidos, la sociedad y los medios de comunicación deben revisar: la inmediata exigencia de dimisión de su cargo de los imputados/investigado. Hemos repetido hasta la saciedad, y el caso Arellano vuelve a demostrarlo, que actuar de esta manera supone la perversión  del derecho a la presunción de inocencia. Si Arellano hubiese sido forzado a
dimitir se le habría causado un daño irreparable, por el afán de los partidos de actuar, siempre que
se trate de un adversario, bajo el principio de la sospecha y la presunción de culpalibidad


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