martes, 18 de marzo de 2014

Las entidades bancarias no podrán usar letras pequeñas.

La norma 7ª apartado 2º de la Circular 5/2012 de 27 de junio de Banco de España entidades de credito y proveedores de servicio de pago, sobre transparencia de servicios bancarios y responsabilidad en la concesión de prestamos exige que el tamaño minimo de la letra que se utilice por los bancos en los documentos de información y contratos, tendra un tamaño apropiado para facilitar su lectura; y que en todo caso, la letra minuscula que se emplee no podra tener una altura inferior a un milimetro y medio (1,5mm). A su vez, el banco de España obliga a las entidades financiera a partir de octubre de 2012 que entró en vigor de dicha Circular a eliminar la letra pequeña de los contratos de productos bancarios. La medida se promueve con el objetivo de avanzar en la protección de los clientes y promover la concesión responsable del credito. Por si fuera poco, la CNMV, organo regulador y supervisor de la Banca, ha dictado la Circular 3/2000, por lo que se modifica por primera vez la Circular 2/1999 de 22 de abril de la CNMV, vigente hasta el 11 de enero de 2014. En esta Circular refuerza mas todavia mas la protección del cliente - consumidor, y la transparencia de las operaciones bancarias para proteger a este cliente tan desinformado, y evitar la publicidad engañosa. El art. 3 de la ley 34/1988 de 11 de noviembre, General de Publicidad lo dice muy claro: "Se considera publicidad engañosa cualquier conducta que contenga información falsa o información que aunque sea veraz, por su contenido o presentación induzca o pueda inducir a error a los destinatarios, siendo supcetible de alterar su comportamiento economico" y ello que siempre incida en la existencia o naturaleza del bien o servicio, sus caracteristicas principales y su precio. El fraude está por todas partes. Pone los pelos como escarpias leer publicida como la que decia un anuncio de YOIGO: "la letra pequeña es pequeña para que no se lea". Para aquellos que dicen que hay que acabar con la letra pequeña de los contratos (bancarios, de telefonia, de elitricidad...) puede que nunca haya leido uno, porque en ellos TODA la letra es pequeña. Lo importante es que la publicidad de esos contratos sea transparente, y no mientan ni esconda cuestiones importantes. Si inducen a error, podemos reclamar que cumplan lo que nos hacia creer la publicidad, o que eliminen la clausula - trampa. Miles, mejor dicho millones de contratos hipotecarios incluso las famosas "clausulas suelos" y el Tribunal Supremo dictaminó que la falta de transparencia al comercializarlo las convierte en nula. Desde luego, tambien los notarios cuando leyerón las escrituras de prestamo, podian haberla leido con menos rapidez y explicar mejor a sus clientes en que consiste la clausula suelo, que bpara eso estan. Así, que como "todos" nos timan y no pasa nada, esto es "la panacea" o
"jauja" para la gran banca, las grandes compañias de telecomunicaciónes y telefonia y las grandes compañias electricas que campean por su respeto, con anuncio que contienen publicidad falsa y con contratos que contienen letras pequeñas y publicidad engañosa. Invito al amable lector a que quite el sonido de la tele y enfoque con la vista hacia esa letra pequeña, vera que no es capaz de leer ni la mitad de lo que cuenta. A continuación, invito al lector a que se compre una pantalla de 65 pulgadas, a ver si tiene mejor suerte. Se hace cierto el brocado de SENECA; "comprar solamente lo necesario, no lo conveniente. Lo innecesario, aunque cueste un solo centimo, es caro".

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