lunes, 26 de mayo de 2014

SEGUROS OBLIGATORIOS

El comprador prestatario se obliga a suscribir con esta misma fecha y a mantener durante toda la vigencia de este contrato una póliza de seguros en las condiciones mas amplias que el mercado tenga establecidas sobre el objeto a financiar". En este caso es el BBVA , pero así reza o de forma o de forma muy parecida en la practica totalidad de todos los contratos de credito al consumo y prestamos personales de la banca española, obligando al cliente a suscribir al cliente un seguro
todo - rtesgo. La Jurisprudencia ha venido entendiendo que la exigencia de suscribir un seguro en que la parte beneficiaria es el banco, supone una sobregarantia abusiva aquellas clausulas que obliguen a suscribir un seguro, cuya finalidad sea garantizar a la entidad bancaria el efectivo reembolso de la cantidad prestada. En este caso, si se produjese un siniestro (incendio, inundación, etc...) Por supuesto, normalmente, el seguro de hogar, te lo obligan a contratar con una compañia vinculada a la entidad financiera, por aquello de que (todo queda en casa)". Digo más, cuando vamos a firmar un prestamo hipotecario, es muy frecuente que el banco nos exijas tambien la contratación de un seguro de vida. Y no te vayas a pensar que solo lo haces solo para ganar mas dinero. El de vida tiene al propio banco como beneficiario, para garantizarse de que si fallecemos recuperará todo el dinero que nos presto en lugar de quedarse con la vivienda o reclamarselo a los avalistas. Legalmente - art 49 y art 80.1.c del TRLGDCU N - las entidades financieras no pueden obligarnos a contratar NADA al concedernos la hipoteca. Motivo: desvirtuarián el principio del justo equilibrio entre los derechos y las obligaciones de las partes, dado que se está imponiendo al consumidor, como parte prestaria, a contratar un seguro del cual no se va a beneficiar, lo cual es una BARBARIDAD. Y aunque el seguro de la vivienda siempre hay que contratarlo, podemos hacerlo con la compañia aseguradora que nos venga en gana y no0 con la que el banco unilaterarmente nos imponga. Pero la COACCIÓN que utilizan es condicionar el tipo de interes que nos ofertan a que aumentemos nuestra vinculación con el banco, con una lista de productos (domiciliar nominas o pensión, , domciliar recibos de agua, luz,telefono, gas, comunidad de propietarios, IBI, seguros sociales y pagos a cuenta del IRPF - autonomos - contratar tarjetas de creditos, contratar plan de pensiones, contratar seguro9 de automovil, etc...) que puede llegar a ser tan larga como las ganas de experimento que tengan, y lo dispuesto que nos vean a asumir todo lo que nos impongan. Eso, cuando no se emperran en que si metes una pequeña imposición a plazo fijo, te regalan dos cacerolas  y una sarten y un juego de sabanas (jaja). Hay gentes que piensan que el banco le hace un favor prestandole el dinero, cuando es todo loo contrario, el banco vende dinero y obtiene intereses, esa es su razon de ser y su negocio. Sl no aceptamos, no nos niega la hipoteca, porque eso seria ilegal, pero sus intereses suben y suben y suben. Es muy abitual el FRAUDE de los anuncios de los bancos en prensa en la que se ofertan unas determinadas condiciones pero se OCULTA que para acceder a ellas hay que contratar mas cosas. Y que están todos los dias induciendo a error a los consumidores y por tanto incurriendo en PUBLICIDAD ENGAÑOSA - prohibida por el art 3 de la Ley 34/1988 de 11 de noviembre, General de Publicidad.


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