jueves, 29 de mayo de 2014

EL CAPITALISMO SALVAJE (I)

Lo decia ADELARDO LOPEZ DE AYALA en el Siglo XVIII:"Cuando la estafa es enorme ya toman un nombre decente". Los bancos se quedarón con 50.000 vivienda de deshausio en el 2013. El Banco de España revela que 49.694 familias perdierón sus casas, siendo el domicilio habitual en un 80% de los casos. que la gente esté perdiendo su hogar es signo equivoco de que nuestra sociedad esta emferma y que los resortes del sistema esta chirriando y estropeado. Hay un cierto olor o tufo a podrido que se respira en el ambiente fruto de la voracidad bancaria que no conoce limites y que, como siempre, se ceba sobre la clase mas desfaborecida. En total, teniendo en cuenta los deshaucios y entregas voluntarias en dación de pago ante la impotencia de hacer frente a la deuda hipotecaria, al haberse quedado 1 o incluso los 2 miembros del matrimonio en paro, casi el 80% de las 49.694 viviendas perdidas por las familias el pasado año, exactamjente 38.961 propiedades, eran el domicilio habitual, y las 10.733 restantes, eran otro tipo de vivienda, como por ejemplo segunda residencia. una de las CLAUSULAS ABUSIVAS que mas daño han hecho en este sentido a los consumidores de hipotecas y otros productos bancarios es la llamada CLAUSULA DE COMPENSACIÓN DE SALDOS que habitualmente contiene esta redacción: "la deuda que resultare contra la parte prestataria por razón de este contrato, podrá ser compensado por el banco con cualquier otra de éste que la prestataria pudiera tener a su favor, cualquiera que sea la forma y documentos en que esté representada. la fecha de vencimiento que a este efecto podra anticipar el banco y el titulo de derecho, incluso el de deposito". La jurisprudencia ha entendido que esta clausula de compensación es abusiva, dado que el art 80.1.a TRLGDCU la prohibe:"En los contratos con consumidores y usuario que utilicen clausulas no negociada indiidualmente, incluida las que promueben incluidas las que promueven las Administraciones Publicas y las entidades y empresas de ellas dependiente, aquellas deberan cimplir los siguientes requisitos: concreción, claridad y sencillez en la redacción, con posibilidad de compresión directa, sin reevíos a textos o documentos que no se failiten previa o simultaneamente a la conclusión del contrato, y a los que,en todo caso, deberá hacerse referencia expresa en el documento contratural".


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